Decreto 127/014

Cumplí con la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo

Acompañamos a empresas en la implementación de Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo, planes de prevención, asesoramiento técnico y seguimiento profesional.

Solicitar asesoramiento
Cumplimiento Decreto 127/014
Normativa

¿Qué establece el Decreto 127/014?

El Decreto 127/014 determina la obligatoriedad de implementar Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo, cualquiera sea la rama de actividad. Su objetivo es asesorar a la empresa, trabajadores y representantes para conservar un ambiente laboral seguro y sano.

Estos servicios tienen funciones esencialmente preventivas y buscan adaptar el trabajo a las capacidades de las personas, considerando su salud física y mental.

Ámbito de aplicación

¿A qué empresas aplica?

Comprende actividades comerciales, industriales, rurales o de servicios, con o sin finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado.

Comercio
Industria
Rural
Servicios
Sector público
Sector privado
Condiciones de funcionamiento

Servicios requeridos según cantidad de trabajadores

Los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo deberán ser multidisciplinarios e integrados, como mínimo, por profesionales vinculados a prevención y salud ocupacional.

Más de 300 trabajadores

Servicio integrado al menos por Médico y Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional. Puede complementarse con Psicólogo y personal de Enfermería.

Entre 50 y 300 trabajadores

Servicio que puede ser externo, integrado al menos por Médico y Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional, con intervención trimestral como mínimo.

Entre 5 y 50 trabajadores

Servicio externo integrado por Técnico Prevencionista o Tecnólogo en Salud Ocupacional, con intervención semestral como mínimo.

Hasta 4 trabajadores

Quedan excluidas de la obligación de contar con estos servicios.

Servicio PrevenirUY

Modalidades de servicio para cumplir con el Decreto 127/014

Ofrecemos servicios externos de Prevención y Salud Ocupacional adaptados a la cantidad de trabajadores, actividad y necesidades de cada empresa.

Seguimiento mensual

Servicio externo con seguimiento mensual para empresas que requieren una gestión más cercana y continua de Seguridad y Salud Ocupacional.

  • Técnico Prevencionista
  • Médico especialista en Salud Ocupacional
  • Otros profesionales según necesidad
Consultar seguimiento mensual

Seguimiento trimestral

Servicio externo con intervención trimestral como mínimo para empresas de entre 50 y 300 trabajadores.

  • Técnico Prevencionista
  • Médico especialista en Salud Ocupacional
  • Cumplimiento del Decreto 127/014
Consultar seguimiento trimestral

Seguimiento semestral

Servicio externo con intervención semestral como mínimo para empresas de entre 5 y 50 trabajadores.

  • Técnico Prevencionista
  • Posibilidad de anexar Médico Laboral
  • Soporte técnico según requerimiento
Consultar seguimiento semestral
Responsabilidad y control

La empresa es responsable del cumplimiento

Las empresas son responsables por el incumplimiento de las disposiciones que regulan estos servicios. La Inspección General del Trabajo y la Seguridad Social controla su funcionamiento, mientras que el Ministerio de Salud Pública asesora en materia de salud.

✓ Prevención y Salud en el Trabajo
✓ Técnico Prevencionista
✓ Médico en Salud Ocupacional
✓ Seguimiento documentado
✓ Respaldo ante inspecciones

¿Necesitás cumplir con el Decreto 127/014?

Hablemos sobre la cantidad de trabajadores, rubro y necesidades de tu empresa para definir el servicio adecuado.

Solicitar asesoramiento